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¿Qué hacer si te chocan y se fugan?

Fecha de publicación: 28/1/2019 9:57:00
Fuente: El Observador

Sebastián circulaba por Luis Alberto de Herrera cuando vio como un ómnibus que acababa de levantar pasajeros intentó incorporarse en la calle interrumpiendo su paso. Le tocó bocina con la suficiente fuerza para causar la furia del chofer, que se dirigió el pesado vehículo sobre él. 

Con el pequeño auto detenido por el semáforo en rojo, el ómnibus comenzó a acercarse peligrosamente primero, y a intentar ponerse delante después. Esa maniobra llevó a que el ómnibus golpeara al auto, causando una abolladura en el parachoques trasero y rayando buena parte de la carrocería. Algunos insultos después, el conductor del ómnibus siguió su paso, sin que pudieran intercambiar datos para que las empresas aseguradoras puedan definir responsabilidades. ¿Qué debería hacer Sebastián para que el ómnibus se haga cargo de su responsabilidad?

Sebastián optó por hacer lo primero que entendió correcto: denunciar ante la policía un choque intencional. Pero para su sorpresa, en la seccional a la que acudió no le tomaron la denuncia.

Según dijo a El Observador el director Nacional de Policía, Mario Layera, las víctimas de accidentes de tránsito con lesionados o en los que una de las partes decide eludir su responsabilidad –como sucedió en este caso– deben ser denunciados ante la policía. En ese caso, se abriría una investigación por un delito de daños que se paga con una multa de entre 20 UR ($ 21.988) y 900 UR ($ 989.100).

Sin embargo, en la comisaría, Sebastián recibió una negativa, ya que los efectivos le indicaron que no tomaban denuncias de accidentes sin lesionados. “Quién me defiende de la agresión intencional del chofer”, preguntó indignado, pero los efectivos no supieron darle respuesta. 

A mediados de noviembre de 2017, durante los primeros días del nuevo Código del Proceso Penal, la Fiscalía envío un memorando a la policía en el que le pidió que solo le informe de aquellos casos con apariencia delictiva, y señaló entre aquellos hechos que no son materia del trabajo fiscal los accidentes leves sin lesionados. Según dijo a El Observador la responsable de la aplicación del nuevo código, Patricia Marquisá, los fiscales solo deben actuar en casos en los que haya personas lesionadas o muertas. Esto excluye también los casos en los que el supuesto responsable del choque se fuga. Eso quiere decir que, a pesar de la denuncia policial , tampoco sería material para los fiscales y, por tanto, no habría quien investigue un delito de daños. 

El memorando enviado por la Fiscalía tenía razones prácticas: ¿Cómo harían los fiscales para investigar la responsabilidad en accidentes de tránsito y además rapiñas, lesiones, homicidios, hurtos y demás delitos? Pero en esa búsqueda por economizar y jerarquizar la labor, un delito quedaba libre de culpa.

Responsabilidades

Esta situación puede complicar al damnificado a la hora de cobrar el seguro. El director de la División de Reclamaciones del Banco de Seguros del Estado, Álvaro Motta, dijo a El Observador que ante un accidente en el que el presunto responsable se da a la fuga, se aconseja denunciar inmediatamente la situación a la empresa aseguradora, y procurar medidas de prueba.  “Decir que un auto con una determinada matrícula me chocó, es solo un dicho, por lo que hay que buscar testigos (que no sean familiares), imágenes registradas por cámaras de filmación”.

Esta prueba puede tomarse de cámaras de privados o de la Intendencia de Montevideo. La comuna cuenta con 92 cámaras localizadas en 79 puntos de la ciudad.

Las imágenes que registra el Centro de Movilidad de la Intendencia pueden  ser solicitadas a la dirección de correo derechoalainformacion@imm.gub.uy  con un plazo máximo de diez días posteriores al accidente. A partir del día 11 las imágenes se borran, por lo que esa información se pierde. 

Motta dijo que si bien el Ministerio del Interior cuenta con sus propias cámaras, la cartera es más reacia a compartir las imágenes, y frecuentemente el pedido es denegado. La aseguradora Porto Seguro optó a mediados de 2017 con recompensar a aquellos clientes que instalen cámaras en sus vehículos y que presenten las imágenes de cuando sufren un accidente. De esta forma, si del video surge que  el siniestro es responsabilidad del otro, se exonera el 100% del cobro del deducible, pero si quien lleva las imágenes es el culpable, entonces se le descuenta 20% del costo del deducible. 

Federico Moalli, gerente comercial de Porto Seguro, dijo a El Observador que decidieron dar este servicio ante la gran cantidad de casos en los que una de las partes de un choque se va sin más y porque en general los clientes siempre consideran que no son los culpables de un siniestro. 

Moalli explicó que no es la empresa quien provee de estas cámaras (que deben filmar en HD, registrar imágenes en la noche y tener un ángulo de visión extendido), sino que son los propios usuarios quienes deben comprarlas. Incluso un celular podría ser utilizado para demostrar la responsabilidad de un delito, agregó. 

Las imágenes de estas cámaras que en el mercado pueden encontrarse por  US$ 50 no transmiten la información a la compañía de seguros en tiempo real, sino que se guardan en un disco duro, de modo de que las filmaciones puedan ser presentadas en caso de siniestro. “Es como el VAR en el fútbol. Buscamos ponerle fin a las discusiones en el tránsito donde todos creen tener razón”, resumió.

Resolución

En setiembre de 2015 el presidente Tabaré Vázquez firmó una resolución para que la policía no concurra “al lugar donde se produzca un accidente de tránsito simple”, esto significa que no haya lesionados, “si del mismo no deriva alguna circunstancia que afecte la seguridad pública”. En esos casos “las personas interesadas en dar parte de un accidente de tránsito simple deberán presentarse a tales efectos en la seccional policial más próxima a la ocurrencia del hecho”, agrega.


 

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